Durante demasiado tiempo, miles de familias han escuchado una frase que, lejos de proteger a nuestros hijos e hijas, ejerce de silencio cómplice contra el sistema: “No podemos informarle de nuestras actuaciones, porque el protocolo es confidencial”. Un protocolo de actuación contra el acoso escolar, que debería abrirse ante los primeros indicios de maltrato reiterado entre iguales, dentro del centro educativo.
Un protocolo que debería cumplir con las tres acciones que no cumple: proteger a la víctima, sancionar al victimario y sensibilizar en el aula. Un protocolo que se ha convertido en la gran mayoría de los casos, en coartada de la dejación de funciones del centro educativo, que tiene la guardia y custodia de los menores y la obligación de garantizar su bienestar físico, emocional y psicológico, desde que entran en el centro educativo, hasta que salen del mismo. Un protocolo de actuación que debería ser rápido y transparente, por el bien de las víctimas que sufren acoso escolar y que están en un grave riesgo: el acoso escolar tiene un efecto sumatorio e incremental, que lo hace imprevisible. Un suceso de especial intensidad puede acrecentar el daño de forma exponencial: estamos hablando de autolesiones e ideación suicida.
El acoso escolar no es un asunto privado, ni un conflicto menor entre niños, ni un problema que se resuelve “sin hacer ruido”. El acoso escolar es violencia, y cuando hay violencia contra un menor, lo que procede no es esconder el problema ni minimizarlo, sino actuar con diligencia, transparencia y responsabilidad, pero también con contundencia y con la máxima rapidez posible: a mayor tiempo de sufrir maltrato, mayor daño.
Un protocolo de actuación ante el acoso escolar no es un documento interno “para uso exclusivo del centro”. Es, en realidad, un procedimiento administrativo garantista que regula derechos, obligaciones, plazos, medidas de protección, seguimiento y vías de reclamación. Y en un Estado de Derecho, los procedimientos no se ocultan, porque precisamente están para evitar arbitrariedades y asegurar que se actúa conforme a la ley.
La transparencia no es una opción, es un principio. La actuación de los centros educativos públicos —y en gran medida también la de los concertados— está sometida a los principios de publicidad y transparencia. Esto significa que un protocolo que afecta a la seguridad y a la integridad de los menores debe ser accesible, especialmente para las familias directamente implicadas. Porque cuando un niño está siendo agredido psicológica o físicamente, la familia tiene derecho a saber qué se va a hacer, cuándo y cómo.
Además, el derecho de madres y padres a estar informados no es un capricho. Es una exigencia constitucional y una obligación legal. La protección integral del menor exige que las familias puedan colaborar, participar y ser escuchadas. Y aquí hay una verdad incómoda y cruel: un protocolo confidencial genera indefensión. Si una familia no sabe qué medidas se han tomado, qué fases se han activado o qué plazos se están incumpliendo, no puede defender a su hijo ni exigir responsabilidades. Se vulnera así la tutela judicial efectiva: no se puede recurrir ni denunciar lo que no se conoce. Esto lo está denunciando AEPAE desde hace más de 10 años. ¿Por qué no se ha modificado en el articulado una simple frase que especificase: “El protocolo es confidencial, excepto para las familias implicadas”.
Y hay un principio que está por encima de cualquier excusa burocrática: el interés superior del menor. Este principio obliga a actuar con la máxima protección posible, y eso solo puede lograrse con coordinación real entre centro, familia y administración. Ocultar el protocolo no protege al menor; al contrario: reduce el control, dificulta la supervisión y permite que la inacción quede impune.
Ahora bien, es importante distinguir algo esencial: una cosa es la confidencialidad de los datos personales y otra muy distinta la transparencia del procedimiento. Por supuesto que deben protegerse las identidades, declaraciones de testigos, informes médicos o datos sensibles. Pero el protocolo, sus fases y sus medidas no son confidenciales. La confidencialidad protege a las personas, pero nunca debe utilizarse para proteger la pasividad, la inacción y la incompetencia. Que deben por otra parte, tener consecuencias administrativas, civiles e incluso penales.
Por eso hay que decirlo alto y claro: el acoso escolar NO es confidencial. Y los protocolos tampoco pueden serlo para las familias implicadas. La violencia no se gestiona en silencio. Se combate con verdad, medidas efectivas y responsabilidad. El acoso escolar mata.
Enrique Pérez-Carrillo de la Cueva
Presidente de AEPAE
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